Los órganos de la Administración del Estado, anualmente, darán cuenta pública participativa a la ciudadanía de la gestión de sus políticas, planes, programas, acciones y de su ejecución presupuestaria. Dicha cuenta deberá desarrollarse desconcentradamente, en la forma y plazos que fije la norma establecida en el artículo 70 Ley nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación en la Gestión Pública. Las Cuentas Públicas Participativas son un proceso de diálogo ciudadano, entre autoridades políticas y representantes de la sociedad civil y ciudadanía en general, promotor de un espacio de responsabilización de las primeras en lo referido a la rendición de informes de su gestión institucional. Su fin es informar a la ciudadanía sobre la gestión realizada, recoger las preguntas y planteamientos de la ciudadanía y dar respuesta a éstas.

Las Cuentas Públicas Participativas son un proceso de diálogo ciudadano, entre autoridades políticas y representantes de la sociedad civil y ciudadanía en general, promotor de un espacio de responsabilización de las primeras en lo referido a la rendición de informes de su gestión institucional. Su fin es informar a la ciudadanía sobre la gestión realizada, recoger las preguntas y planteamientos de la ciudadanía y dar respuesta a éstas.

Comentarios a la Cuenta Pública

Habiéndose cumplido el plazo establecido para recibir consultas y observaciones de parte de la ciudadanía, se ha recibido la siguiente observación:

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  • GUILLERMO ANTONIO SILVA FERNANDEZ
  • silvafernandez1@hotmail.com
  • METROPOLITANA
  • MAIPU
  • MASCULINO
  • TECNICO JURIDICO
  • MUY ASERTIVA LA CUENTA PUBLICA Y MAS AUN SI SON DE CONOCIMIENTO PUBLICO MASIVO...
    ME AGRADARÍA BASTANTE FORMAR PARTE DE ESTE GRAN EQUIPO DE TRABAJO. UN SALUDO
    PARA TODOS UDS. GUILLERMO SILVA FERNANDEZ
  • Muchas Gracias